03 septiembre 2008

GUÍA DE RECURSOS SOCIALES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD

GUÍA DE RECURSOS SOCIALES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD


PRESENTACIÓN

Desde el Departamento de Orientación del Colegio Miguel Hernández hemos elaborado este curso 2007 - 2008, tomando como referencia la Guía de Recursos Socio – Laborales para personas con Discapacidad de la Concejalía de Asuntos Sociales del Ayuntamiento de Colmenar Viejo y la Guía de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, una Guía que pretende ayudar a las familias de nuestros alumnos y alumnas a conocer los distintos recursos con que pueden contar para mejorar la atención de los mismos.
En esta guía podéis encontrar las distintas ayudas y servicios a los que podéis acceder así como direcciones y teléfonos de interés donde os ampliarán la información que necesitéis.
En cualquier caso nos ponemos a vuestra disposición para resolver las dudas que puedan surgiros acerca de cualquiera de los puntos de esta guía. Esperamos que os resulte útil.

ÍNDICE


1. PRESTACIONES ECONÓMICAS DE PAGO PERIÓDICO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD
1.1. Prestación familiar por hijo a cargo.
1.2. Pensión no contributiva
1.3. Pensión de orfandad
1.4. Renta mínima de inserción (R.M.I.).
1.5. Renta activa de inserción (R.A.I.).
2. PRESTACIONES Y RECURSOS DE SERVICIOS SOCIALES.
2.1. Ayudas individuales para personas con discapacidad.
2.2. Título de Familia Numerosa: condiciones para personas con discapacidad.
2.3. Centros de Atención Especializada para personas con discapacidad.
2.3.1. Centros Base.
2.3.2. Centro de Servicios Sociales.
2.3.3. Centros de Atención Temprana
2.3.4. Centros de Atención a Personas con Discapacidad Psíquica.
2.3.5. Centro de Atención a Personas con Discapacidad Física
2.3.6. Centros de Atención a Personas con Enfermedad Mental Crónica
2.3.7. Centro Estatal de Autonomía Personal y Ayudas Técnicas (CEAPAT)
2.4. Programas específicos para personas con discapacidad intelectual y sus familias
3. PRESTACIONES Y RECURSOS DE EDUCACIÓN.
3.1. Becas convocadas por la Comunidad de Madrid
4. OTRAS PRESTACIONES.
4.1. Movilidad y transporte.
4.1.1. Subsidio de movilidad y compensación por gastos de transporte.
4.1.2. Ayudas para la adaptación de vehículos
4.1.3. Ayudas individuales de transporte en taxi.
4.1.4. Plazas y tarjetas de estacionamiento.
4.1.5. Tarjeta dorada RENFE.
4.2. Ventajas fiscales.
4.2.1. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
4.2.2. Impuesto de sucesiones.
4.2.3. Impuesto de vehículos.
4.3. Viviendas de protección pública.
4.4. Servicios de Ocio y tiempo libre.
4.5. Ayudas de la ONCE.
4.6. Accesibilidad.

1. PRESTACIONES ECONÓMICAS DE PAGO PERIÓDICO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD.

1.1. Prestación familiar por hijo a cargo.
? Requisitos: ayuda económica por cada hijo discapacitado a cargo del beneficiario menor de 18 años o mayor afectado de una minusvalía en grado igual o superior al 65%, así como los menores acogidos en acogimiento familiar, permanente o preadoptivo, siempre que no se supere el límite de ingresos establecido. También pueden ser beneficiarios los huérfanos de padre y madre y aquellos que sin tener padre o madre no se encuentren en régimen de acogimiento familiar, menores de 18 años o minusválidos en un grado igual o superior al 65%.
? ¿Dónde acudir?: al Centro de Atención e Información de la Seguridad Social.
c/ Huertas 6, Colmenar Viejo.
Teléfono: 91.846.31.19./ 91. 846.31.78.
1.2. Pensión no contributiva.
? Requisitos: tener 18 o más años y menos de 65, carecer de ingresos suficientes, residir en territorio español y haberlo hecho durante un periodo de cinco años, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
Reconocimiento del grado de minusvalía igual o superior al 65%

? ¿Dónde acudir?: Centro de Servicios Sociales más cercano
Dirección General de Servicios Sociales
c/ Alcalá 63, 2º.
Teléfono 91.420.69.19
1.3. Pensión de orfandad.
? Requisitos: menores de 18 años o mayores incapacitados en grado de incapacidad permanente, absoluta o gran invalidez. Mayores de18 y menores de 22 o 24 (si no sobreviven ninguno de los dos padres) cuando no efectúen trabajos por cuenta propia o ajena o, cuando realizándolos, los ingresos obtenidos sean inferiores al 75% del salario mínimo interprofesional.
Dependerá del tiempo de cotización a la Seguridad Social de la persona fallecida.
? ¿Dónde acudir?: Centro de Atención e Información de la Seguridad Social.
c/ Huertas 6, Colmenar Viejo.
Teléfono: 91.846.31.19./ 91. 846.31.78
1.4. Renta mínima de inserción (R.M.I.).
? Requisitos: está destinado a las personas y familias más desfavorecidas de la comunidad de Madrid incluyéndose aquellas con personas discapacitadas a su cargo.
? ¿Dónde acudir?: Dirección General de Servicios Sociales
c/ Pedro Muñoz Seca 2, Madrid
Teléfono: 91.846.12.10
1.5. Renta activa de inserción (R.A.I.).
? Requisitos: personas con discapacidad o sin ella con necesidades económicas y dificultades de retorno al empleo.
? ¿Dónde acudir?: Oficina de Empleo más cercana.

2. PRESTACIONES Y RECURSOS DE SERVICIOS SOCIALES.

2.1. Ayudas individuales para personas con discapacidad.
? Tipos de ayudas individuales (convocadas normalmente a principios de año):
- Atención especializada:
o Atención en Centros Residenciales.
- Movilidad:
o Adquisición de vehículo a motor y/o Adaptación de vehículo a motor.
o Eliminación de barreras en el vehículo.
o Adquisición de sillas de ruedas manuales.
o Adquisición de sillas de ruedas a motor.
- Adaptación funcional del hogar.
- Adquisición de audífonos y gafas y lentillas.
- Adquisición de ayudas técnicas.
- Excepcionalmente, cobertura de necesidades relevantes e inherentes a las características específicas de la discapacidad: apreciado así por la Comisión de Valoración y Propuesta.
? Requisitos: existen unos requisitos generales que son:
- Tener reconocido un grado de minusvalía de al menos un 33% a la fecha de finalización del plazo para la presentación de solicitudes.
- Ser español o extranjero en los términos contemplados en el Artículo 10.2 de la Ley 11/ 2003, de 27 de marzo, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid.
- No tener más de 65 años.
- No superar los ingresos mínimos especificados para cada año.
? ¿Dónde acudir?: Centro de Servicios Sociales más cercano.
2.2. Título de Familia Numerosa: condiciones para personas con discapacidad.
? Requisitos: podrá ser concedido con dos hijos en el caso de que uno de ellos tenga la condición de minusválido o incapacitado para el trabajo o los dos padres, o uno de los padres, con minusvalía o incapacidad para trabajar igual o mayor al 65%. No existe un límite de edad para los hijos si tienen reconocimiento del grado de minusvalía.
? ¿Dónde acudir?: Ayuntamiento que corresponda.
Unidad de Familias Numerosas. c/ Gran Vía 14, Madrid.
2.3. Centros de Atención Especializada para personas con discapacidad.
2.3.1. Centros Base.
Son centros de ámbito provincial en los que se desarrolla fundamentalmente un programa de atención básica a personas con discapacidad. Los Servicios que prestan son:
- Servicio de información y orientación general.
- Evaluación de la discapacidad y calificación del grado de minusvalía
- Tratamientos:
• Atención Temprana.
• Psicomotricidad.
• Logopedia.
• Fisioterapia.
- Orientación para la formación y el empleo.
- Derivación a distintos tipos de proyectos relacionados con el empleo y la formación.
? ¿Dónde acudir?: Centro Base I,: MAUDES
C/ Maudes, 26. Madrid. Tlfno: 91.598.90.90
2.3.2. Centro de Servicios Sociales.
Constituyen el primer nivel de atención social a los ciudadanos y en ellos se realizan las siguientes prestaciones:
- Atención personalizada:
• Información de los recursos disponibles.
• Valoración individualizada de las situaciones de la/s persona/s.
• Orientación hacia los medios más adecuados a las necesidades planteadas.
• Apoyo y asesoramiento para ayudar a la superación de problemas.
• Tratamiento psicosocial destinado a la adquisición de habilidades que faciliten la integración social.
- Gestión de ayudas materiales.
• Atención residencial y alojamientos alternativos.
• Ayuda a domicilio, que comprende una serie de atenciones de carácter doméstico, social, de apoyo psicológico y rehabilitador, a los individuos o familias que se hallen en situación de especial necesidad, para facilitar la autonomía personal en el medio habitual.
• Ayudas de emergencia social cuya finalidad es la atención de situaciones de urgente necesidad que transitoriamente puedan afectar a individuos o familias.
- Prevención de la marginación social y de situaciones de riesgo, favoreciendo la normalización de grupos con especiales problemas de integración, así como el fomento de la solidaridad y la cooperación social.
- Promoción social de individuos y grupos: Medidas para la inserción en el medio social.
? ¿Dónde acudir?: Centro de Servicios Sociales más cercano.
C/ Hoyo de Manzanares, 20, Colmenar Viejo.
Tfno: 91.846.12.10

2.3.3. Centros de Atención Temprana.
En estos centros se ofrecen tratamientos de estimulación, logopedia, fisioterapia, psicomotricidad, psicoterapia a niños y apoyo, información y asesoramiento a sus familias, así como atención de carácter preventivo, global e interdisciplinar.
Están dirigidos a niños de edades comprendidas entre los 0 y 6 años, que presentan necesidades especiales permanentes o transitorias originadas por deficiencias, alteraciones del desarrollo o riesgo de padecerlas, y sus familias.
? ¿Dónde acudir?: Centro Base I,: MAUDES
C/ Maudes, 26. Madrid. Tlfno: 91.598.90.90
ASPRODICO
C/ Batanes, 4 Colmenar Viejo. Tlfno: 91.845.32.76.

2.3.4. Centros de Atención a Personas con Discapacidad Psíquica.
- Centros de día:
Está dirigido a personas con deficiencia mental gravemente afectadas, con edades comprendidas entre los 18 y 60 años, residentes en la Comunidad de Madrid.
Proporcionan a personas con discapacidad psíquica gravemente afectadas habilitación personal y social, rehabilitación, cuidados personales y asistencia especializada con objeto de potenciar el máximo desarrollo de sus capacidades y posibilidades de integración social. Ofrecen también servicios complementarios de transporte y comedor.
- Centros Ocupacionales:
Este servicio está dirigido a personas con discapacidad psíquica no gravemente afectadas, con edades comprendidas entre los 18 y los 60 años de edad, con posibilidades de integrarse social y/o laboralmente, de forma provisional o definitiva.
Son centros destinados a la atención diurna de personas con discapacidad psíquica, cuya finalidad es el desarrollo de habilidades profesionales, personales y sociales de las personas cuya discapacidad les impide, de forma provisional o definitiva, integrarse laboralmente. Proporcionan también servicios complementarios de transporte y comedor.
- Centros residenciales:
Va dirigido a personas afectadas de deficiencia mental profunda, severa, moderada o ligera, con o sin trastornos asociados, con edades comprendidas entre los 18 (excepcionalmente 16) y los 60 años que, por carecer de familia o por su problemática sociofamiliar, no puedan ser atendidas en sus hogares.
El objetivo de estos centros es proporcionar a personas con discapacidad psíquica afectadas de retraso mental, una atención integral, de forma temporal o permanente, que incluye alojamiento, manutención, cuidados para la realización de actividades de su vida diaria, apoyo personal, familiar y social, actividades de rehabilitación integral y fomento del ocio.
? ¿Dónde acudir: Centro de Servicios Sociales más cercano.
Dirección General de Servicios Sociales
c/ Alcalá 63, 1º. Madrid
91. 420.69.83/ 84/ 85/ 87
2.3.5. Centro de Atención a Personas con Discapacidad Física.
- Centros de día para personas con discapacidad física: dirigidos a personas con discapacidad física, de edades comprendidas entre 18 y 60 años, que residen en la Comunidad de Madrid. Ofrece rehabilitación personal y social, rehabilitación, asistencia especializada y fomento de la autonomía personal en el entorno comunitario que incida en el desarrollo de capacidades de integración social. Ofrecen servicios complementarios de transporte y comedor.
- Centros residenciales para personas con discapacidad física: dirigido a personas afectadas de discapacidad física residentes en el territorio de la Comunidad de Madrid, que precisen una estancia temporal. Proporciona estancias temporales que incluyen además del alojamiento, la manutención, cuidados especializados y apoyo personal, familiar y social.
- Centros de recuperación de minusválidos físicos (CRMF): dependen del IMSERSO y se configuran con un ámbito de actuación nacional, por lo que pueden acudir a ellos personas con discapacidad de cualquier punto de España. Estos pretenden facilitar la integración socio – laboral de aquellas personas que por accidente, enfermedad, causas congénitas o adquiridas tienen una discapacidad física y/o sensorial que les impide recibir una atención recuperadora en centros ordinarios.
- Centros de atención de minusválidos físicos (CAMF): estos centros tienen por finalidad la atención integral a las personas con discapacidad que, careciendo de posibilidades razonables de recuperación profesional, a consecuencia de la gravedad de su discapacidad, encuentran serias dificultades para conseguir una integración laboral y para ser atendidas en régimen familiar o domiciliario.
? ¿Dónde acudir?: Centro de Servicios Sociales más cercano.
Centro Base 1: MAUDES.
Dirección General de Servicios Sociales.
2.3.6. Centros de Atención a Personas con Enfermedad Mental Crónica.
- Centros de Rehabilitación Psicosocial: su objetivo es ayudar a las personas con enfermedad mental crónica a recuperar el máximo grado posible de autonomía personal y social y promover su mantenimiento e integración social. También ofrecen apoyo y asesoramiento a las familias.
- Centros de Rehabilitación Laboral: son centros cuyo objetivo se centra en desarrollar un itinerario individualizado de inserción laboral que ayude a las personas con enfermedad mental crónica a recuperar o adquirir los hábitos y capacidades sociolaborales necesarias para acceder al mundo laboral y apoyar su integración y mantenimiento en el mismo.
? ¿Dónde acudir?: Centro de Servicios Sociales más cercano.
Dirección General de Servicios Sociales
2.3.7. Centro Estatal de Autonomía Personal y Ayudas Técnicas (CEAPAT).
El Centro estatal de Referencia de Autonomía Personal y Ayudas Técnicas es un centro tecnológico que está dedicado expresamente a potenciar la accesibilidad integral y el desarrollo de la tecnología. Promueve la optimización de las ayudas técnicas y el diseño para todos, con el fin de mejorar la calidad de vida de los ciudadanos, especialmente de aquellos con discapacidad.
El CEAPAT edita un catálogo de Ayudas Técnicas que también podéis encontrar en internet, en la dirección: www.ceapat.org
? ¿Dónde acudir?: c/ Los Extremeños, 1. Madrid.
Tfno: 91. 363. 48. 80
Correo electrónico: ceapat@mtas.es y ceapat@ceapat.org2.4. Programas específicos para personas con discapacidad intelectual y sus familias.
- Programa de Apoyo a familias con hijos con discapacidad o alteración del desarrollo. Este programa trata de movilizar recursos, públicos y privados, para el desarrollo de actuaciones que contribuyan a mejorar la atención de los menores que sufren discapacidad o alteración del desarrollo, en su medio natural de convivencia. Incluye financiación a entidades de la iniciativa social para el desarrollo de programas de apoyo a familias con hijos menores con discapacidad, a través de programas de Respiro Familiar, Apoyo a hermanos y Atención Terapéutica a Familias.
? ¿Dónde acudir?: Instituto Madrileño del Menor y la Familia
c/ Gran Vía, 14, Madrid
Tlfnos: 91.580.34.64-91.580.37.75
- Ayuda a domicilio: engloba una serie de asistencias que se prestan a personas con discapacidad que no pueden valerse por sí mismas, con la finalidad de que permanezcan en su domicilio el mayor tiempo posible en condiciones adecuadas sin tener que recurrir al traslado a un centro. Incluyen no sólo el cuidado y la asistencia personal, sino también la limpieza de la casa, cocina, lavado de ropa, etc. o gestiones que tuviera que realizar el beneficiario de esta ayuda.
Hay que cumplir ciertos requisitos: situación económica, grado de autonomía persona, existencia o no de familiares que puedan prestar ayuda...
? ¿Dónde acudir?: Centro de Servicios Sociales.


3. PRESTACIONES Y RECURSOS DE EDUCACIÓN.


3.1. Becas convocadas por la Comunidad de Madrid.
La Comunidad de Madrid convoca anualmente una serie de becas de ayuda a la vida escolar. Son las siguientes:
• Becas de comedor escolar.
• Ayudas individualizadas de transporte escolar.
• Ayudas de libros de texto y material didáctico destinadas a familias numerosas.
? ¿Dónde acudir?: Centro de Servicios Sociales
Página web de la Comunidad de Madrid:
www.madrid.org/educamadrid

4. OTRAS PRESTACIONES.


4.1. Movilidad y transporte.
4.1.1. Subsidio de movilidad y compensación por gastos de transporte.
Está destinado a aquellas personas con discapacidad que tengan graves dificultades para utilizar transportes colectivos. Es una prestación económica de carácter periódico destinada a atender los gastos originados por desplazamientos fuera del domicilio habitual.
? ¿Dónde acudir?: Centro de Servicios Sociales.
4.1.2. Ayudas para la adaptación de vehículos.
Son concedidas por las Administraciones locales y autonómicas tanto para la compra de un vehículo ya adaptado como para proceder a su adaptación. En la adquisición, en el concesionario es quien puede tramitar la ayuda. En el caso de la comunidad de Madrid, estas ayudas están incluidas dentro de las ayudas individuales.
4.1.3. Ayudas individuales de transporte en taxi.
Para acceder a ellas se requiere padecer una afectación grave de la movilidad que impidan utilizar los transportes públicos y no disponer de coche propio
? ¿Dónde acudir?: Centro de Servicios Sociales.
4.1.4. Plazas y tarjetas de estacionamiento.
La tarjeta de estacionamiento de vehículos para personas con movilidad reducida es el documento acreditativo, personal e intransferible, que habilita a sus titulares para ejercer los derechos de:
- Estacionar el vehículo más tiempo del autorizado.
- Parar o estacionar en cualquier lugar de la vía pública el tiempo imprescindible (no entorpeciendo la circulación de vehículos o peatones).
- Disponer de plazas reservadas de estacionamiento.
- Solicitar plazas de estacionamiento junto al centro de trabajo y domicilio.
? ¿Dónde acudir?: Centro de Servicios Sociales.
4.1.5. Tarjeta dorada RENFE.
Destinada a mayores de 60 años, a pensionistas en situación de incapacidad y a personas con una minusvalía igual o superior al 65% (para los que también se puede aplicar los descuentos al acompañante). Posibilita la adquisición de billetes para cualquier clase y tren de Larga Distancia con descuentos.
? ¿Dónde acudir?: Estaciones RENFE, Oficinas de Ventas y Agencias de Viajes.
4.2. Ventajas fiscales.
4.2.1. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Dentro de la Ley del IRPF se incluyen Reducciones por discapacidad de descendientes y ascendientes así como reducción por gastos de asistencia de las personas con discapacidad. Por otra parte, es interesante tener en cuenta que no tributan en el IRPF ciertas prestaciones, pensiones y ayudas.
4.2.2. Impuesto de sucesiones.
Para personas que tengan la consideración legal de minusválidos, con un grado de discapacidad igual o superior al 33% se aplica una reducción en el impuesto de sucesiones.
4.2.3. Impuesto de vehículos.
- Por matriculación: el tipo de IVA aplicable a la adquisición de vehículos es del 4% (previo reconocimiento de la administración), si además el vehículo es matriculado a nombre de la persona minusválida disfruta de la exención en el impuesto especial sobre determinados medios de transporte (IEDMT).
- De circulación: están exentos de pagar este impuesto los vehículos para personas de movilidad reducida a que s refiere la letra A del anexo II del Reglamento General de vehículos.
? ¿Dónde acudir?: Administración de Hacienda.
4.3. Viviendas de protección pública.
El Plan de Vivienda 2005 – 2008 incluye medidas de protección preferente para personas con discapacidad y sus familias.
? ¿Dónde acudir?: Oficina de la Vivienda de la Comunidad de Madrid.
Avda. Asturias 28, Madrid. Tfno: 012.
www.madrid.org/oficinavivienda4.4. Servicios de Ocio y tiempo libre.
4.5. Ayudas de la ONCE.
La Fundación ONCE realiza una convocatoria de ayudas especialmente destinadas a la Formación y el Empleo y a la Accesibilidad. Puede ser beneficiaria cualquier persona física con nacionalidad española que tenga cualquier tipo de discapacidad acreditada. Las ayudas que se ofrecen están encuadradas en dos áreas: formación y empleo y accesibilidad universal.
? ¿Dónde acudir?: Fundación Once
tfno: 91. 506.89.18/ 19
dae@fundaciononce.es
4.6. Accesibilidad.
Además de las ayudas para la accesibilidad nombradas a lo largo de esta guía puede haber otras. Para obtener más información hay que acudir a centros especializados tales como el Centro Base o el CEAPAT (Centro Estatal de Autonomía Personal y Ayudas Técnicas), c/ Los Extremeños nº 1, tfno. 91. 363. 48. 00

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